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“El contrato a término indefinido debe ser la regla y no la excepción”, Viceministro de Trabajo

“El contrato a término indefinido debe ser la regla y no la excepción”, Viceministro de Trabajo
Karen Daniela Ferrín

Creado por: Lola Ferrin

“El contrato a término indefinido debe ser la regla y no la excepción”, manifestó Edwin Palma, viceministro de Trabajo, durante el foro Más allá de la necesidad de la Reforma Laboral en Colombia: reflexiones jurídicas y económicas de sus alcances y limitaciones, organizado por el Departamento de Ciencia Jurídica y Política de la Javeriana Cali.

“Nosotros creemos que la estabilidad laboral es un derecho humano y no es solo un concepto de este Gobierno. La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó dos sentencias señalando que la estabilidad del empleo es un derecho fundamental y autónomo. El artículo 53 de la Constitución señala que uno de los principios mínimos que debe desarrollar el estatuto del trabajo es la estabilidad del empleo, y el Congreso lo ha pasado por alto durante más de tres décadas”, explicó Palma.

De acuerdo con el Viceministro, no tiene sentido, desde el punto de vista práctico y lógico, que en el país haya trabajadores con contratos a términos fijo durante 15 y 20 años. Asimismo, señaló que el contrato a término indefinido tiende a ser la excepción en el país, hecho que tiene varias connotaciones de orden político y sociológico. “El empleador quiere mantener el poder sobre la vinculación laboral y evitar el ejercicio de derechos colectivos. Por eso nosotros no solamente hablamos de volver al contrato indefinido. Sin embargo, no tocamos el contrato a término fijo y el de duración por obra”.

Por otro lado, Palma recordó que uno de los capítulos de la reforma propuesto por el Gobierno Nacional incluye una prohibición a los despidos discriminatorios. “Tampoco es nada sacado del otro mundo, sino que lo que ha dicho la Corte Constitucional: un despido sin justa causa está amparado en la ley, pero si tiene visos discriminatorios por razones de libertad de expresión, de libertad sindical de sesgo ideológico y político, pues no tendrá una consecuencia distinta, sino el reintegro”.

Además, advirtió que un trabajador que no desarrolla estabilidad en el empleo no desarrolla un proyecto de vida, mientras que uno con estabilidad laboral desarrolla un proyecto de vida, accede a otros derechos, consume en el ocio, en el entretenimiento, lo que genera un encadenamiento económico. “Sobre esto está sustentada la reforma que plantea la estabilidad de algunos trabajares y trabajadoras que hasta hoy no tienen derechos. Nosotros creemos aumentar la demanda y el consumo. Tenemos que intentarlo, ver de una forma distinta el mundo del trabajo. Distinta a como se ha visto en los últimos 30 o 50 años”, puntualizó.

Por su parte, Mauricio Montealegre, director del Grupo de Práctica Laboral de Gómez-Pinzón Abogados, expresó que la reforma laboral es un grito y un llamado social. “Esto no quiere decir que en la práctica no se haya hecho, la Corte Constitucional sí ha legislado, ha intervenido en temas cruciales que han sido positivos para el relacionamiento laboral”.

“La estabilidad absoluta sin duda es un gran temor para los empresarios, hay realidades que son propias del abuso del derecho, tengo una persona 20 años prestando servicios con un contrato a término fijo, por supuesto nunca tiene la percepción de estabilidad laboral y comparto plenamente que no realiza su vida. Pero eso no quiere decir que no se pueda dar la flexibilidad de atender necesidades temporales, no de la empresa, sino de las partes. Las partes tenemos la libertad de poder fijar una necesidad temporal y atenderla a través de un contrato a término fijo o por una duración determinada”, explicó.

A su vez, Pablo Hernández, líder de la Unidad de Derecho laboral, seguridad social y Migratorio at Scola Abogados, manifestó que la reforma era necesaria, sin embargo, cuestionó si la presentada por el Gobierno en marzo pasado “era la reforma que necesitábamos”.

“A primera vista uno lee el artículo de la propuesta y pareciera que se está limitando la actividad y el libre desarrollo de las empresas que anteriormente los artículos 45 y 46 determinaban una gama de posibilidades, era el empleador el que podía escoger el contrato de trabajo y, en consenso con el aspirante, suscribirlo. Que nos estén empujando a una específica modalidad contractual limita la actividad empresarial y empezamos a perder espacios de oportunidad de desarrollo económico y empresarial”, añadió.

En esa misma línea, reconoció que celebra la intención de darle protagonismo al contrato a término indefinido. “Es muy triste ver trabajadores de 10, 15 años con un contrato de término fijo a un año y no podemos desconocer, a los colombianos nos gusta torcerle un poquito el brazo a la norma y allí hemos abusado, eso no tiene absoluta discusión. Entonces, pensar que darle un empujón al término indefinido es lo que va a impactar negativamente a las empresas, yo creo que no. Yo creo que va a aportar a que los trabajadores lleguen a trabajar realmente con toda la intención porque ven un futuro al interior de la compañía”.

El evento también contó con la participación de Hugo Caicedo de la Espriella, socio director de Caicedo de la Espriella Abogados SAS; Daniel López, director de la Unidad de Acción Valle Cauca y Rubén Méndez, experto en Derecho Internacional y Economía, quienes participaron en el panel Contratación, tercerización y nuevas formas de empleo.

A su vez, Iván Alberto Gutiérrez Díaz, César Duque Mosquera y Carlos Andrés Quiñonez, subdirector de Inspección Ministerio de Trabajo, conversaron alrededor del tema de las relaciones colectivas de trabajo.

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